06 marzo 2018

El complemento régimen (CRég.)

Algunos verbos, para completar su significado, exigen un complemento preposicional. Este complemento es un sintagma nominal no circunstancial que va introducido por una preposición impuesta por el verbo: depender de, convencer de, informar de, carecer de, quedar con, coincidir con, confundir con, tratar de, aspirar a, contar con, pensar en, hablar de, equivaler a, acostumbrase a, confiar en, creer en, ocuparse de ... Ejemplos:
¿Usted cree en fantasmas?
No se fíe de las apariencias.
Contamos con tu ayuda.
Ocúpese de sus asuntos.
Al ser una función propia del sintagma nominal, también puede ser desempeñada por otros elementos equivalentes a un sustantivo, como los pronombres personales o las proposiciones subordinadas sustantivas:
Nadie se fija en nosotros.
Asegúrese de que todo salga bien.

El complemento régimen se reconoce por las siguientes características:
  • Su preposición está determinada por el verbo, por lo que no se puede suprimir ni cambiar sin afectar al significado del verbo. Por ejemplo, no significa lo mismo ocupar la casa que ocuparse de la casa; acordar la paz que acordarse de la paz.
  • A diferencia de los complementos directo e indirecto, no se puede sustituir por un pronombre personal átono, sino por un pronombre tónico precedido de la correspondiente preposición: Encárguese del asunto -- Encárguese de ello.
  • Se distingue del complemento circunstancial en que no puede suprimirse ni ser sustituido por un adverbio. 
  • Se puede identificar haciéndole al verbo la pregunta ¿qué? precedida de la preposición correspondiente. Ejemplo: Cuento con su discreción. ¿Con qué cuento? -- con su discreción (CRég.)

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